viernes, 21 de octubre de 2016

CAPITIS DIMINUTIO, SERVIDUMBRE PREDIALES, POSESION Y PROPIEDAD.



CAPITIS DIMINUTIO



Disminución de la capacidad de la persona. Era un fenómeno exclusivo del derecho romano que consistía en la perdida de la libertad, la perdida de la ciudadanía y la perdida de la familia.

1.    Era máxima cuando se perdía la libertad.
2.    Era media cuando se perdía la ciudadanía
3.   Era mínima cuando se perdía la familia y esta se perdía automáticamente con la perdida de las anteriores.


DE LA POSESIÓN

Es la tenencia de un bien con ánimo de señor y dueño.


Elementos esenciales de la posesión

1.    Animus: Es coger el bien y sentirse dueño
2.    Corpus: Es tener físicamente el bien u objeto

Se es poseedor a partir  del momento en que me creo dueño.

Como poseedor de un bien con nuestra legislación actual puedo iniciar un proceso de pertenencia para que un juez de la republica lo declare propietario y pueda ejercer el derecho y dominio real.


PROPIEDAD O DOMINIO



Es el máximo derecho que se tiene sobre los bienes.


Como evitar la invasión?

1. Por medio de una denuncia penal por invasión de tierras ante la fiscalía
2. Lanzamiento por ocupación de hecho ante el alcalde.
3. Proceso reivindicatorio
4. Con la policía en fragancia

SERVIDUMBRE



Era una figura en Roma por medio de la cual se hacía o ejercía un derecho real sobre la cosa ajena en beneficio de un fundo o un persona determinada. Habían dos clases:

1. Servidumbres prediales
2. Servidumbres personales


SERVIDUMBRES PREDIALES:

Derecho real por medio del cual hay un predio dominante.


SERVIDUMBRES PERSONALES:

Eran el usufructo, el uso, la habitación y los servicios de los esclavos o de los animales ajenos.

Hay servidumbre de hecho que es la costumbre ( la que crea el hábito). Tiene un término de 30 días

Y servidumbre de derecho: Hay por ley la garantia de seguir utilizando esa servidumbre

Predio dominante (activo): es el que se beneficia de la servidumbre
Predio sirviente (pasivo): el que cede la servidumbre

martes, 18 de octubre de 2016

REGIMEN DE PERSONAS






REGIMEN DE PERSONAS

1. Existían personas físicas y naturales que eran todos los seres humanos salvo los esclavos que aun siendo humanos, eran tratados como objetos o cosas.

2. Existían personas jurídicas como las corporaciones o asociaciones. Hoy en dia las personas jurídicas son una ficción, existen en los documentos como por ejemplo la Universidad del Meta.


LA TUTELA

En Roma, era aquella facultad que se le otorgaba a un tutor con el fin de que administrara los bienes de los menores y de las mujeres. No podía vender los bienes, solo administrarlos. Tampoco esa tutoría era para cuidar o educar al menor, toda vez que quien hacia esa actividad eran los familiares del pupilo.


CLASES DE TUTELA:

Tutela testamentaria: Era aquella donde el padre en vida señalaba quien iba a ser el tutor del pupilo (mediante testamento).

Tutela dativa o legitima: Se nombraba al agnado o familiar mas cercano para que ejerciera o administrara los bienes.


CURATELA

En la curatela se nombraba a un curador que se encargaba de administrar los bienes de los mentecaptus (declarados con demencia) al cual el curador le administraba sus bienes. Le hacían una entrega solemne de los mismos y al momento de entregar el cargo debía rendir cuentas. También administraban los bienes de los disipadores (derrochadores de dinero).


ESTADOS DE LAS PERSONAS EN ROMA

1. Status libertaties: El máximo derecho era la libertad, la cual fácilmente podía quebrantarse como por ejemplo por deudas, donde el deudor se volvía esclavo del acreedor.

2. Estado de ciudadanía: Existían los ciudadanos y los ciudadanos o extranjeros. El estado de ciudadanía permitía el comercio y ejercer cargos públicos. Los ciudadanos podían ser magistrados y los no ciudadanos, no.

3. Estado de familia: Era que la persona podía contraer matrimonio. Podía ejercer la patria potestad. Podía otorgar la emancipación.