miércoles, 7 de septiembre de 2016

JERARQUÍA DE LA NORMATIVIDAD









Jerarquia de la Normatividad

JERARQUIA DE LA NORMATIVIDAD COLOMBIANA
1. constitución política
2. ley
3. decretos nacionales
4. resoluciones nacionales
5. circulares nacionales
6. ordenanzas departamentales.
7. decretos departamentales
8. resoluciones departamentales
9. acuerdos municipales
10. decretos municipales
11. resoluciones municipales
12. la costumbre
13. la jurisprudencia
14. la doctrina


fuentes del derecho romano

1. Costumbre
2. Ley
3.Senados consultos
4. Plebiscitos
5. Constituciones imperiales
6. Edictos
7.Jurisprudencia

1. La costumbre:Actos consuetudinarios (repetidos) y que se aplicaban en momentos en que se requerían, por ejemplo, al que robaba le quitaban la mano.

2. La ley:Manifestación de la voluntad del legislador. Cuando nos vamos a Roma, el magistrado propone la ley y es analizada en una asamblea comicial y luego de ser aprobada se daba a conocer previa refrendación del senado. Las leyes más importantes en Roma eran:
-Ley poetelia papiria; abolió la esclavitud por deudas-Ley aquilia; reguló el daño sobre las cosas-Ley cincia; referente a las donaciones-Ley plaetoria; trataba sobre la validez de los negocios de los menores de edad-Ley atilia; derecho tutelar-Ley furia; imponía algunas prohibiciones a los testadores-Ley lulia; matrimonio, hijos y sucesiones-Ley falcidia; trata el tema de la asociación-Ley de las 12 tablas; las tablas 1, 2 y 3 hablan del derecho procesal, las 4, 5, 6 y 7 del derecho privado, las 8, 9 y 10 de derecho penal, la tabla 11 prohíbe el matrimonio entre patricios y plebeyos y la 12 habla de la prenda, esclavos e indemnizaciones.

3. Constituciones imperiales:Era el poder legislativo o actividad legislativa del príncipe pero no era de su creación, casi siempre copiaba otras normas y profería una constitución imperial con el fin de hacer proxenetismo político.

4. Plebiscitos:Aquellos textos que la plebe plasmaba. La ley Hortensia del año 287 a.c. incluyo a los patricios a quienes se les aplico de igual manera los plebiscitos por ser normas jurídicas de gran importancia.

5. Senadoconsultos:Forma de consejo que el senado elaboraba sin efectos legales. Estos senadoconsultos tenían valor cuando el magistrado los publicaba mediante un edito al pueblo romano.

6. Edictos:Ordinariamente los edictos son proferidos por los magistrados y era ese poder de dirigirse al pueblo verbal o escrito.

7. Jurisprudencia:Palabras del prudens. Aconsejaba a las personas.

8. Compilaciones de leyes:Se realizaron varias compilaciones del codes, código Gregoriano y código de Teodosio.

9. Compilaciones de Justiniano:Entre 538-523 d.c. cogió todas las normas y las organizó para formar una normatividad.


Perlas captadas en clase de Derecho Romano

1) El fin principal de la constitución es servir al pueblo.
2) Todos debemos conocer y valorar la constitución.
3) La ignorancia de la ley no sirve de excusa.
4) La Dignidad humana es algo valioso.

jueves, 1 de septiembre de 2016

LA SOCIEDAD ROMANA DURANTE EL IMPERIO

La sociedad romana durante el imperio


Introducción







La sociedad romana se estructuraba según la procedencia de la gens o familia de la que cada romano provenía. Nacer en una familia u otra marcaba para siempre el lugar que ocupaba en la sociedad, las relaciones con los demás e incluso el matrimonio que se esperaba de él. Dentro de esta sociedad existían los hombres libres (de diferentes tipos),, los esclavos, los libertos y los clientes. Los patricios y los plebeyos pertenecían a grupos sociales distintos con derechos diferentes.

Los patricios eran los descendientes de los fundadores de Roma. Se agrupaban en una amplia familia con un ascendiente común. Eran los únicos ciudadanos que tenían derechos políticos sin restricciones.

Los plebeyos se instalaron en Roma después de ser fundada. Formaban la mayoría de la población en Roma, y procedían sobre todo de los pueblos sometidos y de la inmigración; esta masa está separada de los patricios por carecer del ius connubii”*, pero van conquistando poco a poco, tras largas y tenaces luchas, la igualdad de derechos cívicos, debido sobre todo a la necesidad de su cooperación en el terreno militar.

Un liberto o liberatus es un esclavo al que de algún modo le ha sido concedida la libertad (manumisión)*. Esta denominación se usaba para designar a los gladiadores liberados por el emperador, después de salir vencedores de grandes batallas en anfiteatros y más adelante en el gran coliseo de la Roma imperial. Los libertos son figuras existentes en todas las sociedades esclavistas.

Los esclavos eran la base de la economía y de la sociedad romana. El Imperio Romano nunca hubiera conseguido llegar a su esplendor si su modelo económico no hubiera estado basado en el esclavismo. El esclavo era el trabajador, el que hacia los recados, el que limpiaba la casa...



Ius connubiis: El ius connubii es una expresión latina, derivada del Derecho romano, utilizada en Derecho para referirse al derecho que tienen las personas para contraer matrimonio válido. En la actualidad se considera un derecho universal, que depende básicamente del requisito de edad.

Manumisión:en la antigua Roma, es el nombre que recibía el proceso de liberar a un esclavo, tras lo cual se convertía en un liberto. La manumisión fue una práctica común en Roma y sus dominios a lo largo de su historia. Un esclavo, por afecto, favores prestados, méritos, cualidades personales, buena voluntad del propietario, podía convertirse en liberto e incluso ser aceptado e incorporado a la alta sociedad romana, como es caso de algunos libertos imperiales, que por el sistema de promoción social, así como por su excepcional riqueza o experiencia, alcanzaron la cima de la escala social llegando a desempeñar cargos políticos gracias al apoyo de la aristocracia romana